LA CAR
La ley 99 de
1993, dice que las CARs son las encargadas de Evaluar, controlar y de hacer el
seguimiento al estado de los recursos naturales, esto, de acuerdo al uso o el
impacto que genere, una persona jurídica o una persona natural.
Frente a lo que
le suceda a alguno de los recursos naturales la acción a tomar por parte de la
autoridad ambiental, es dada por la normatividad, que le da herramientas, para
sancionar o dar permisos.
Cuando se habla de
sancionar o dar permiso, por el impacto a los recursos naturales propiamente
dichos., hablamos de agua, aire, suelo, fauna, flora y el paisaje o paisajismo.
¿Qué es lo que
se evalúa, controla y se le hace seguimiento?
Se hace la
evaluación, control y seguimiento a los recursos naturales que de una u otra
manera tienen la forma de hacérsele aprovechamiento. Por ejemplo, al agua se
aprovecha a través de una concesión de aguas, al aire a través de un permiso de
control de emisiones atmosféricas, el suelo a través de una licencia ambiental
para explotación minera, la fauna a través de permiso de caza de alguna especie
animal con fines específicos, la flora a través de una tala y el paisajismo través
de una de las acciones anteriores y por lo cual se debe tener cuidado con el
entorno armónico de la naturaleza.
Para el
aprovechamiento de algunos de los recursos naturales se requiere de un PERMISO
específico. De ese aprovechamiento que se haga, se tendrá que hacer una
compensación que la determinaran las CARs de acuerdo al impacto ambiental
ocasionado por esa utilización y se tendrá que pagar por el proceso a
desarrollar.
Si al hacer un
aprovechamiento de algunos de estos recursos, sin el previo permiso, se
procederá a una SANCION, que puede ser en especie y/o económica (ley 1333 de
2009).
Finalmente la
función de la autoridad ambiental en el plano municipal, es dar permisos y
sancionar, que es de lo que se conoce muy poco o nada, pues los ciudadanos
comunes y corrientes son los que están en la mira de la acción de esta
autoridad.
Así mismo lo
otro que determina la ley 99 de 1993, y, que iremos conociendo a medida que
avancemos en el desarrollo de esta temática ambiental, está relacionado con los
entes territoriales y demás.
MARTIN EDUARDO
MORENO ROA
Consultor Prospectiva y Medio Ambiente Sostenible.
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