sábado, 13 de febrero de 2016

CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN

Sobre los consejos Territoriales de Planeación tenemos 3 instancias, La primera para los Planes de Desarrollo, las segunda para los Planes de Ordenamiento Territorial y las terceras para la integración de áreas de influencia territorial, es de aclarar que todas tienen una ley pero están integradas de en un mismo contexto y están enfocadas sobre el Ordenamiento y Desarrollo del Territorio .

En este sentido decimos de acuerdo a la Ley, quienes integran estos consejos y comités dentro de la población

1. Ley Orgánica del Plan de Desarrollo, 152 de 1994 artículos 34 y 35, Consejo Territorial de Planeación y su función es armonizar y ser coherente entre las actividades que realicen a su interior y en relación con las demás instancias territoriales, para efectos de la formulación, ejecución y evaluación de sus planes de desarrollo, se determina un mínimo de 6 que serian, se aclara pueden ser mas sectores y lo determina la administración bajo un acuerdo.
Económico
Social
Ecologico
Educativo
Cultural
Comunitario

2. Ley de Ordenamiento Territorial, 388 de 1997, articulo 29, Consejo Consultivo de Ordenamiento, es una instancia asesora de la Administración Municipal en materia de Ordenamiento Territorial y los miembros de este concejo podrán ser escogidos entre los integrantes del Concejo Territorial de Planeación.y esta integrado por los sectores
Civico
Gremial
Profesional
Ecológico
Comunitario

3. Ley 614 de 2000 articulo 5, Comités de Integración Territorial, son cuerpos colegiados en los cuales las autoridades competentes concertarán lo referente a la implementación de los planes de ordenamiento territorial y el desarrollo futuro del área de influencia territorial y los comités son elegidos, por el Concejo Territorial de Planeación y están compuestos por los sectores:
Productivo
Economico
Delegado de organización no gubernamental (ONG)

En el caso del Municipio de La Mesa esta el acuerdo 008 de 1995, y a la luz de lo anterior, consideramos que este acuerdo se debe ajustar a la nueva normativa legal, porque integra aspecto del plan de desarrollo, plan básico de ordenamiento territorial y planes integrales que estructuran la dinámica de la región, siendo incluyentes con nuestros pobladores y con nuestros vecinos.
En cuanto a los sectores que se deben  hacer parte del Consejo Territorial de Planeación, que es la base de los comités y consejos, consideramos, deberían ser (11) once tomando como punto de partida los anteriormente mencionados y que sea numero impar. entonces como conclusión de los sectores serian: Económico,Social,Ecológico, Educativo, Cultural, Comunitario, Cívico, Gremial, Profesional, Productivo, Juventudes y Mujeres o Genero.
http://www.lamesa-cundinamarca.gov.co/index.shtml?apc=B1--&s=v&nocache=1&als%5Bvbuscar%5D=planeacion+&Ir=Buscar

En esta dirección electrónica podrán encontrar todos los requisitos y recomendaciones exigidas por la oficina de planeacion del municipio de la mesa, para poder llevar a cabo   el tramite de  licencias de  urbanización, parcelación, subdivisión y construcción.  

PLANEACION

Le comentamos  a la ciudadanía  e interesados,  que la  oficina de  planeacion del municipio de la mesa informo  que el día lunes 15 de febrero estará llevando a cabo la radicación de nuevos proyectos de vivienda.